La Expropiación Petrolera, es el resultado de la implementación de la Ley de Expropiación de 1936 y del Artículo 27 de la Constitución Mexicana aplicados a las compañías petroleras el 18 de marzo de 1938, por el presidente de la República, el general Lázaro Cárdenas del Río.
Ésta consistió en la apropiación legal del petróleo que explotaban 17 compañías extranjeras para convertirse en propiedad de los mexicanos. Entre ellas figuraban Mexican Petroleum Company of California, Compañía Mexicana de Petróleo “El Anguila” y la Compañía Exploradora de Petróleo la Imperial SA, que hoy forman las más grandes corporaciones internacionales de comercialización de “oro negro”La política de apoyo a la organización de los obreros y la fundación de Petromex (después Pemex), seguida por parte del Presidente Lázaro Cárdenas, fueron los antecedentes más cercanos a la Expropiación Petrolera.
En 1924 Diego Rendón luchó, tras varios fallidos intentos de huelga reprimidos y disueltos por el ejército, se emplazó a huelga en Tampico contra la refinería "El Águila", en la cual los trabajadores resultaron triunfantes al lograr que la empresa reconociese al sindicato y se concertase la firma de un contrato colectivo de trabajo.
El 16 de agosto de 1935 se constituyó el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana y una de sus primeras acciones fue la redacción de un proyecto de contrato en el que se solicitaba una jornada de 40 horas y el pago del salario completo en caso de enfermedad y que pretendía sustituir los distintos contratos colectivos que regían las relaciones laborales en las compañías petroleras, a las que se les envió. El 3 de noviembre de 1937 se les exigió la firma del contrato colectivo y el 17 de mayo el sindicato emplazó a huelga en caso de no cumplir tal demanda. En los primeros días de junio el sindicato demandó a las compañías petroleras ante la Junta General de Conciliación y Arbitraje. Dicha huelga finalmente estalló el 31 de mayo y se levantó el 9 de junio.
La lucha de los trabajadores petroleros fue bien vista por el Presidente y la población, a pesar de los problemas causados por la escasez de petróleo.
En el mes de julio, por indicaciones de la Junta General de Conciliación y Arbitraje, se integró una Comisión de expertos (Jesús Silva Herzog, Efraín Buenrostro y el Ing. Mariano Moctezuma) para que investigaran la situación financiera de las compañías petroleras, concluyendo que las ganancias obtenidas por éstas, permitían fácilmente cubrir las demandas de los trabajadores.
Pero para el 8 de diciembre se realizó otro paro de labores al no tener respuesta de la Junta de Conciliación. Para el 18 de diciembre de 1937, la junta dio el fallo en favor del sindicato mediante un laudo en el cual se pidió a las compañías el cumplimiento de las peticiones y el pago de 26 millones de pesos en salarios caídos. Las compañías petroleras interpusieron una demanda de amparo el 2 de enero de 1938 ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que les negó el amparo.
Como consecuencia, las compañías extranjeras se declararon en plena rebeldía y, en respuesta, la máxima Autoridad Judicial emitió su fallo el 1 de marzo, señalando que el tiempo límite para que las empresas pagaran los 26 millones de pesos el 7 de marzo. Aunque se planeaba que fuera el 6 de marzo.
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